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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Plazo inscripción Actividades Formativas Complementarias.

Desde el lunes, 1 de octubre están funcionando las A.F.C. en el Centro. Todos/as aquellos/as que todavía quieran inscribirse en las actividades, sólo tienen que acusir al monitor de la actividad en la que quieren participar y comunicárselo.
RECORDAMOS QUE LA ADSCRIPCIÓN A LAS ACTIVIDADES ES ABSOLUTAMENTE VOLUNTARIA, PERO QUE UNA VEZ EN ELLAS ES OBLIGATORIA LA ASISTENCIA.
Un saludo y a disfrutar con las actividades. 

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Rayuela

 Se tiene preivisto que durante este curso se ponga en marcha la plataforma educativa Rayuela, con la que todos y todas en un principio tendremos una mayor participación en el sistema educativo.

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Comedor

 

    El Centro presta el servicio de Comedor Escolar, cuyo funcionamiento ha sido regulado por la Orden de 24 de noviembre de 1.992 (B.O.E. de 8 de diciembre). 

  El alumnado que disfruta de este servicio come diariamente de manera becada es de 20, pertenecientes todos al entorno del Centro. El servicio de catering en el centro está dirigido por una cocinera y su ayudante.

 

Padres

 

CEIP Federico García Lorca,    Septiembre de 2012.  
         Estimadas familias: 
         Al comienzo de un nuevo curso escolar, queremos hacerles llegar el saludo de todos los maestros y maestras que formamos el Claustro.         Aprovechamos, en este primer contacto, para dar la bienvenida a los alumnos y alumnas que se incorporan por primera vez al Centro desearles una estancia agradable y provechosa en el mismo.         Les solicitamos su colaboración en los aspectos que a continuación reflejamos para que, entre todos, consigamos una mejor organización del Centro y una educación completa e integral de sus hijos e hijas. Se ruega la máxima puntualidad a la hora de entrar. Habrá un margen de diez minutos antes de cerrar las puertas. Procuren que sus hijos/as tengan todo el material necesario para poder trabajar en las mejores condiciones posibles. La higiene es necesaria siempre, pero en los niños y niñas es de suma importancia este aspecto. Se aconseja, además del aseo diario, utilizar de vez en cuando productos antipiojos y revisar las cabezas de los niños y niñas. Se trata de crear en ellos el hábito de la higiene y la limpieza corporales.  No se permitirá la salida de ningún niño o niña durante el horario escolar sin la presencia de un familiar para recogerlo.  Fuera del horario escolar, sólo se permitirá la entrada al Centro por causa justificada.   Los padres/madres/ tutores/as se abstendrán de entrar en edificio escolar tanto en las entradas como en las salidas. Los alumnos de E. Infantil saldrán siempre cinco minutos antes de la hora de salida ( 13:55). Si su hijo/a tiene fiebre o alguna enfermedad vírica, varicela, sarampión, etc, eviten mandarlo al Centro hasta su total recuperación. Comuniquen por escrito, una simple nota, si su hijo está enfermo.  Es necesario que nos comuniquen si su hijo o hija padece alguna enfermedad o lesión que le impida la práctica normal de las actividades deportivas o exija algún cuidado especial en su actividad diaria. Las actividades formativas complementarias de la tarde, empezarán a partir del mes de Octubre. Están dirigidas a todo el alumnado. Habrá dos monitores. Uno para las actividades de psicomotricidad y otro para portugués. Esperamos su colaboración. Nosotros quedamos a su entera disposición para resolver y ayudar en todo lo posible en relación con la educación de su hijo o hija.                 
                                                  El Claustro de Maestros/as 

Equipo Directivo

Equipo Directivo

 

 Director
Yolanda Cabezas Arias
 Jefe Estudios
Raúl García Lozano
 Secretario
María Remedios Martínez Martínez

 

    Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el /la Director/a y el /la Secretario/a.

 

 
Director

 

 

    El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias del Director:

a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

    En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo de sus funciones el Secretario, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

 
Jefe de Estudios
 
 

Son competencias del Jefe de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto educativo del centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.

 

 
Secretario

 

 

Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones de y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del Centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
j) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencias.

 Equipo Directivo